Tratamiento de datos
Certificados digital
Ayuntamiento de Archez
Gestión del Certificado Digital
COMPETENCIA AAPP. EJERCICIO DE PODERES PÚBLICOS. Art. 6.1.e) RGPD el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
Art. 36 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Gestión del Certificado Digital
Solicitantes.
Identificativos.
No se cederán a terceros salvo obligación legal.
No está previsto.
Los datos personales se conservarán el tiempo que persista la actividad y, posteriormente, hasta que se haya cumplido el plazo de prescripción de posibles responsabilidades nacidas del tratamiento. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación, en particular el artículo 18 de la Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía y art. 35 del Decreto 97/2000, de 6 de marzo por el que se aprueba el Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos.
Las medidas de seguridad implementadas corresponden a las aplicadas de acuerdo al Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.